19 de Abril de 2024

En riesgo candidatura del PAN-PRD en Nanchital

El aspirante Sergio Urquidi Urdiana impugnó la nominación de Zoila Balderas Guzmán; el equipo de la candidata descarta irregularidades.

Romana Ortega

Nanchital, Ver.

La candidatura de la alianza PAN-PRD en el municipio de Nanchital para la elección de alcalde proceso electoral 2016-2017, se encuentra en este momento en una etapa de definición, ya que está impugnada por los órganos jurisdiccionales competentes de la materia.

Esto debido a que Sergio Urquidi Urdiana, en calidad de precandidato a la presidencia del municipio de Nanchital, impugnó ante el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz la candidatura de Zoila Balderas Guzmán.

Expertos en materia política explican que se tienen que esperar los términos de la sentencia si se confirma o revoca la candidatura. De ser revocada Urquidi Urdiana sería el candidato.

Ante esto el también el ex presidente del comité municipal del PRD, dijo en entrevista vía telefónica con este medio informativo que, de no ser favorecido impugnaría la resolución ante la Sala del Tribunal del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción con cabecera en Xalapa, Veracruz.

“Agotaré todas las instancias correspondientes, no se trata de que esté en contra de la candidata, lo hago por el respeto a los militantes del partido, que no fueron considerados en la planilla por los años que tenemos de trabajo, todo el proceso lo estamos elaborando en el marco legal apegado a derecho”, dijo Urquidi Urdiana

Candidatura de Zoila, en el marco legal

Al respecto, los abogados de Balderas Guzmán informaron que la candidatura PAN-PRD por la alcaldía de Nanchital procede bajo el marco legal, pero que efectivamente Sergio Urquidi va en contra de la actual candidatura, por lo que ya están trabajando y son presentados en este acto jurídico como terceros integrados en espera de la resolución que se puede dar este próximo lunes.

El grupo de abogados aseguró que ellos cuentan con la legalidad del proceso electoral, en tanto que la impugnación no ha sido procedente.

EXPERTOS EN LA MATERIA DETALLAN

Ante el Juicio para la protección de los derechos políticos-electorales del ciudadano en contra de la resolución dictada dentro de los autos de los expedientes JDC 188, emitidos por el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz el pasado 10 de mayo, en donde confirman el dictamen aprobado por el VII Pleno Extraordinario del IX Consejo Estatal del PRD en Veracruz de carácter electivo en el que consta la elección de la candidata a presidencia municipal de dicho partido.

En cuanto a los agravios que el quejoso argumenta, entre uno de ellos que manifiesta que Zoila Balderas no es militante del partido, y que la elección no se llevara a cabo en el Consejo Estatal Electivo, los expertos informan que según bajo los estatutos estatal del partido permite una elección externa, en donde la candidata puede participar aunque no cumpla con el requisito de ser militante, pero que esta tenga un posicionamiento que beneficie a que el partido sea el virtual ganador.

Asimismo explicaron que en el tema de equidad de género, efectivamente correspondía a un hombre en lo que respecta al municipio de Nanchital, pero que las normas del partido, permiten el cambio de género con otro municipio según le convenga al partido.

Reconocen que lo que si se prevé impugnación en este caso sería la elección de candidatos a síndico, síndica y regidores.


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