24 de Abril de 2024

Omar Cruz Reyes, desaforado

*Con 35 votos a favor, el Congreso aprobó el juicio de procedencia contra el alcalde de Medellín

*Se consideró “factible” su presunta participación en el homicidio de Moisés Sánchez Cerezo

Guadalupe López Espinosa

Xalapa

El Congreso del Estado aprobó el desafuero solicitado por el fiscal general del estado en contra de Omar Cruz Reyes, presidente municipal de Medellín, por considerar factible su presunta participación en el homicidio del periodista José Moisés Sánchez Cerezo.

El dictamen, presentado por la Comisión Instructora en sesión extraordinaria que tuvo lugar a puerta cerrada, fue aprobado con 35 votos a favor del PRI y sus aliados del PVEM, de Nueva Alianza y de la diputada perredista Ana María Condado Escamilla; y 13 votos en contra de los 10 diputados del PAN, y tres de los legisladores del PRD, MC y PT, respectivamente.

Durante la sesión, el abogado de Omar Cruz Reyes, Sergio Vaca Betancourt, pasó a la tribuna a manifestar lo que a los intereses de su defendido convinieron, reiterando la presunta inocencia del alcalde.

Señala el dictamen que la Fiscalía General del Estado ofrece como prueba la Investigación Ministerial número 01E/2015, en donde se contienen las declaraciones ministeriales de Clemente Noé Rodríguez Martínez, José Francisco García Rodríguez, Luigi Heriberto Bonilla Zavaleta y Martín López Meneses, así como los datos que aparecen en los autos de formal prisión dictados en su contra, entre los que hay ciertos indicios de presunta responsabilidad, principalmente en las declaraciones rendidas por Clemente Noé Rodríguez Martínez, quien refiere que su actuación al igual que la de los demás procesados, quienes privaron de la vida al extinto José Moisés Sánchez Cerezo, obedeció a las órdenes dadas por elHarry, quien tenía contacto directo con Martín López Meneses, y este último obedecía órdenes de Omar Cruz Reyes .

Reiteran la declaración de Clemente Noé, quien refiere que a cambio de privar de la vida a José Moisés Sánchez Cerezo, obtendría él y sus aliados, permiso para el comercio y distribución de estupefacientes en el municipio de Medellín de Bravo y principalmente en El Tejar, y cómo el día 2 de enero de este año, él y todos sus compañeros se trasladaron al domicilio de Moisés Sánchez y lo sacaron de él, para después llevárselo al lugar donde lo privaron de la vida.

Mencionan los integrantes de la Comisión que si bien ésta no es una autoridad judicial, es cierto que tienen que resolver si existen o no datos que hagan posible la participación del alcalde en el homicidio que se investiga, y con las declaraciones de Clemente Noé así como la versión de Meneses, quienes manifiestan haber estado en el lugar de los hechos, así como tener un conocimiento personal entre ellos; haber pertenecido a la Policía municipal y convertirse, en el caso de Meneses en escolta y chofer particular del alcalde, trae como consecuencia “que es probable que el alcalde haya tenido conocimiento de los hechos, sin que esta Comisión prejuzgue que es responsable de los mismos, pues esto corresponde probarlo a una autoridad ministerial, ante un Juez competente”.

Asimismo, mencionan que en relación a las pruebas aportadas por los abogados defensores de Omar Cruz Reyes, Sergio Vaca Betancourt Bretón y Sergio Vaca Betancourt Archer, el dictamen dice que resultan ser las mismas que aportó la Fiscalía del Estado y estudiadas y analizadas estas documentales, resultan que en su contenido lo único que sobresale es lo que declara el señor Clemente Noé Rodríguez Martínez, cuando relaciona en los hechos al alcalde de Medellín de Bravo.

“Conjugando todas las pruebas ofrecidas por los defensores tenemos que existe la probabilidad de que sí conociera los hechos el alcalde Omar Cruz Reyes, por lo que sí se considera pertinente que el servidor público enfrente la acusación que le hace la Fiscalía General del Estado y defienda su inocencia, y de resultar absuelto, sea reinstalado nuevamente en el cargo que hoy tiene”.

Como consecuencia de la declaración de procedencia citada, Omar Cruz Reyes perdió el fuero de presidente municipal del Ayuntamiento de Medellín de Bravo.

Aunque Omar Cruz Reyes cuenta con una licencia limitada por 59 días para estar separado del cargo de presidente municipal, una vez terminada dicha licencia no podrá reincorporarse al cargo, por lo que deberá llamarse al suplente para que se haga cargo del Ayuntamiento.

Se señala que los efectos jurídicos de la declaración de procedencia, desafuero y separación del cargo serán únicamente para que Omar Cruz Reyes afronte las acusaciones que en su contra hace el fiscal general del estado, ante el órgano jurisdiccional competente.

Por su parte, el diputado Hugo Fernández Bernal,dijo que no era suficiente "presumir una probable" participación; es necesario contar con suficientes pruebas para concluir que está legalmente comprobada la conducta y la responsabilidad del acusado como lo exige la Ley, y no quedarse con un solo testimonio de oídas proveniente de un delincuente confeso que ya está prisionero.

Agregó que cuando la ley es clara no admite interpretación y la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia exige claramente y sin error, que debe estar “probada legalmente la conducta y la responsabilidad”, por lo que “es un error” concluir como procedente “dada la presunta participación de Omar Cruz Reyes”.

Ante crímenes de esta naturaleza —contra periodistas— no es válido que se haga una investigación a la ligera, se deben agotar todas las líneas de investigación, puntualizó.


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