REDACCIÓN
Coatzacoalcos, Ver.
El Diario Oficial de la Federación publicó este jueves el criterio emitido por la Dirección Jurídica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con el que las madres de bebés prematuros afiliadas al organismo sanitario podrán contar con los 84 días de incapacidad completa, así como con el pago completo del subsidio.
La adecuación de esta normatividad permite garantizar que las mamás trabajadoras, que antes sólo recibían 42 días de incapacidad y el correspondiente pago del subsidio, gocen del mayor número de días posibles para restablecer su salud y el cuidado a su recién nacido, al tiempo de fomentar la lactancia materna.
Este cambio de criterio también responde a un señalamiento hecho por la senadora María Elena Barrera, durante la comparecencia del titular del Seguro Social el 9 de noviembre, respecto a la preocupación de los legisladores por la disminución de los 84 días de incapacidad de las madres que tuvieron un parto adelantado.
Por ello es que se realizó la interpretación de la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, a fin de garantizar que las madres trabajadoras, sin importar su circunstancia, puedan gozar de su periodo de descanso íntegro de 84 días y, en su caso, del consecuente pago del subsidio que les corresponda.
En las consideraciones que establece la Dirección Jurídica del IMSS se explica que, con independencia de si la asegurada solicitó o no ante el Seguro Social la transferencia de semanas de descanso prenatal y postnatal, se le otorgará este beneficio, ya sea por parto prematuro o que se adelante la fecha probable del nacimiento determinada por los servicios médicos institucionales.