25 de Noviembre de 2024

IVAI ordena transparentar RFC

*Entes públicos estará obligados a darlos a conocer cuando se hagan contratos de obra pública o prestación de servicios con personas físicas

*Todos tienen derecho a conocer en qué se gastan los impuestos, argumentan consejeros

 

Guadalupe López Espinosa

Xalapa

 

El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) adoptó el criterio de que todo ente público que haga contratos de obra pública o de prestación de otros servicios con personas físicas estará obligado a informar sobre los datos personales de éstas, en especial el RFC.

Eso fue determinado durante la sesión realizada en dicho Instituto, en donde se resolvieron cerca de 80 recursos de revisión, y se deriva del caso del Ayuntamiento de Tantoyuca que proveyó de la información requerida respecto a licitaciones y contratos de obra pública; sin embargo, no dio a conocer el RFC de las personas físicas a las cuales se adjudicaron dichos contratos por considerar que es información confidencial y clasificada. 

Al respecto, la consejera Yolli García Álvarez señaló que al citado Ayuntamiento le requirieron sobre los procedimientos administrativos de licitación pública, los contratos y demás datos relacionados con esto y el municipio proporcionó la información en forma muy completa, incluyendo fianzas, anticipos, montos, etcétera, sin embargo no dio a conocer el RFC de aquellas personas físicas con las que se hizo alguna contratación o que obtuvieron esas licitaciones porque considera que se trata de información confidencial y clasificada.

Por eso, dijo, en el proyecto de resolución, hicieron una ponderación de derechos: el derecho a la intimidad que tienen las personas físicas y el derecho humano de acceso a la información que tienen todos los ciudadanos para saber en qué se gastan los recursos, y se optó porque prevalezca este último.

Por eso, concluyó en su proyecto de resolución que aquellas personas que venden servicios o productos y que se les paga con recursos del erario público están implícitamente renunciado a ese derecho a la intimidad.

En ese sentido, destacó, el derecho de protección de datos personales no es “a rajatabla exclusivo y un derecho que no se pueda mover, sino que tendrá que hacerse público o tendrá que hacerse del conocimiento de la ciudadanía en función de tutelar otro derecho que es el que tenemos todos a saber cómo se utilizan nuestros recursos”.

Por eso, el IVAI ordenó que el Ayuntamiento de Tantoyuca entregue el dato sobre el RFC de personas físicas que están contratando con el Ayuntamiento.

Por su parte, el consejero Fernando Aguilera de Hombre apuntó que debe ser un requisito para todo aquel que pretenda ser proveedor del Gobierno el estar al corriente de sus obligaciones fiscales, porque si bien es un dato de carácter personal, reviste un interés público.

De ahí que sí es importante el que se conozca el RFC de las personas físicas más allá de la privacidad, porque de esa manera el ciudadano podría en su carácter de evaluador de la gestión pública investigar si esa persona no está en la lista de morosos y cuestionar al Ayuntamiento.

Esto el IVAI lo tomará como criterio a partir de este momento para poder emitir resoluciones en el mismo sentido cuando trate casos similares.

 

En su intervención, el consejero Fernando Aguilera de Hombre consideró que esta información debe darse a conocer incluso para saber si los licitantes o proveedores son deudores de impuestos, pues son sujetos contratados con recurso público.


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