25 de Noviembre de 2024

Aprueban diputados un Código Electoral moderno y vanguardista

A partir de 2016 habrá igualdad de género en Diputaciones y Ayuntamientos, aunque el Partido Acción Nacional no quería la paridad horizontal, afirmó la Diputada Mónica Robles

REDACCIÓN

Xalapa

Para las elecciones de 2016, Veracruz contará con un Código Electoral que garantiza la paridad de género, regula las candidaturas independientes, reduce los tiempos de campaña, establece las atribuciones del Instituto Electoral Veracruzano (IEV) y del Tribunal Electoral del Estado (TEV) y reglamenta la asignación de recursos a partidos políticos, luego de que diputados de la LXIII Legislatura local aprobaron por mayoría el Dictamen correspondiente.

Durante la Décima Sesión del Segundo Período Ordinario de Sesiones del segundo año de labores, los legisladores veracruzanos avalaron el Dictamen, resultado de la Iniciativa enviada por el Gobernador Javier Duarte de Ochoa, que crea el Código Electoral para la entidad y regirá las elecciones a partir de 2016.

 De esta manera,  para que un partido político mantenga el registro deberá obtener al menos tres por ciento de la votación válida; quienes aspiren a las candidaturas independientes tendrán que presentar una cédula de respaldo ciudadano con firmas por al menos el tres por ciento de la lista nominal de electores, por distrito, municipio o del estado, de acuerdo con el cargo a que aspire.

 

Se trata de un Código de vanguardia que, a diferencia del ordenamiento federal, incluye la paridad de género en las postulaciones que hagan los partidos políticos o coaliciones al cargo de Presidente Municipal. La elección de ayuntamientos se realizará cada cuatro años.

Aprobado con 34 votos a favor, cero en contra y una abstención, este ordenamiento permite la reelección de diputados locales hasta por cuatro períodos consecutivos. Los partidos políticos o coaliciones postularán candidatos a diputados de mayoría relativa bajo el principio de 50 por ciento para mujeres y 50 por ciento para varones.

En relación con la duración de las campañas, para gobernador será de 60 días, y en el caso de diputados locales o presidentes municipales, de 30 días.

La designación del Presidente y de los consejeros electorales del IEV corresponde al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por un período de siete años.

Se establecen los horarios para la instalación de casillas, y lo procedente en caso de inasistencia de algún funcionario para la pronta integración de dicha casilla.

Compete a la unidad técnica de Fiscalización de la Comisión del ramo del INE la revisión y fiscalización de los recursos que manejen los candidatos de partidos políticos e independientes.

Este Código contiene las disposiciones por las que se puede declarar la nulidad de una elección y estipula las características que se deben presentar para acreditar la o las violaciones al proceso electoral.

El TEV se integrará por tres magistrados que nombrará el Senado de la República para un período de siete años, y serán los responsables de resolver los medios de impugnación interpuestos en contra de todos los actos y resoluciones electorales locales.

 

A través de un artículo transitorio se reconoce la reforma a la Constitución Política del Estado, que establece una Gubernatura de dos años para Veracruz, por única vez, y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó su constitucionalidad. El Gobernador electo el primer domingo de junio de 2016 ejercerá el cargo del 1 de diciembre de 2016 al 30 de noviembre de 2018.


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