26 de Noviembre de 2024

Se aplica en municipios nueva Ley de Tránsito

La nueva reglamentación será aplicada por las autoridades estatales y municipales de la entidad, con independencia de quien tenga a su cargo ese servicio público: Segob

 

 

Redacción
Xalapa, Ver.

La Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz, aprobada por el Congreso local, será aplicada por las autoridades estatales y municipales de la entidad, con independencia de quien tenga a su cargo ese servicio público, aseguró el titular de la Secretaría de Gobierno (Segob), Flavino Ríos Alvarado.

 

El servidor público especificó que todos los ayuntamientos del país tienen la obligación de aplicar las leyes decretadas por sus legislaturas, así como las disposiciones reglamentarias que emanen de esos ordenamientos, de acuerdo con el artículo 115 de la Constitución Mexicana.

 

 

Por tanto, tienen facultades para aprobar, sujetándose a las leyes que en materia municipal expidan las legislaturas de los estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general; dentro de sus respectivas jurisdicciones, los que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

 

Expresó que el objeto de estas leyes locales son para establecer los procedimientos y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal cuando, al no existir el convenio correspondiente, el Congreso considere que el municipio de que se trate está imposibilitado para ejercerlos o prestarlos y, que, en estos casos, será necesario solicitud previa del ayuntamiento, aprobada por lo menos por dos terceras partes de sus integrantes.

 

Asimismo, detalló que los servicios municipales que son objeto de regulación por parte de las legislaturas son: agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, alumbrado público, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, mercados y centrales de abasto, panteones, rastro, calles, parques y jardines y su equipamiento, seguridad pública, Policía Preventiva Municipal y por supuesto Tránsito, observando siempre lo dispuesto por las leyes federales y estatales.

 

Ríos Alvarado apuntó que las funciones y servicios municipales que prestan los gobiernos estatales pueden asumirla los ayuntamientos, previo programa de transferencia que se presente al Gobierno del Estado; reiteró que en tanto no se dé esa transferencia, las funciones y servicios públicos seguirán ejerciéndose o prestándose en los términos y condiciones vigentes en la entidad.

 

 


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