8 de Agosto de 2025

Código permite convocatoria sin concluir impugnación

Isabel Ortega /AVC

Xalapa, Ver.

Los legisladores son víctimas de una contradicción del código electoral, que ellos aprobaron, pues los obliga a emitir la convocatoria para la elección extraordinaria de diputados de Cosoleacaque sin que se haya concluido el proceso de impugnación a la anulación del Tribunal Electoral Local (TEV).

La consejera electoral del Organismo Público Local Electoral (OPLE), Eva Barrientos, reconoció que toda ley es perfectible y es cuando se aplica cuando se dan cuenta de los alcances de lo que se hace desde un escritorio.

Hay que mencionar que la legislación que se aprobó el año pasado determina un plazo de 45 días, una vez notificados de la anulación de la elección de parte del tribunal electoral, para emitir la convocatoria para los comicios extraordinarios.

En ese sentido, explicó la consejera ahora están obligados a emitir una convocatoria pero se tendrá que ver si es aplicable en los hechos.

“Tiene que cumplir con un mandato legal y una cosa es que la saquen y otra cosa es que se tenga que hacer, no sabemos qué fecha van a sacar (para la elección)”.

La consejera considero que lo ideal es que se permitiría la conclusión de la cadena impugnativa, para así, determinar cuándo y cómo se desarrollaría la elección extraordinaria en el distrito de Cosoleacaque, “ellos están vinculados a cumplir con la norma”.

En otro tema, comentó que están revisando los reglamentos del órgano local con miras a las elecciones municipales y poder adecuarlo a la realidad del estado.

Puso de ejemplo el caso de los debates, ya que la ley obliga a realizar al menos uno cada municipio, pero recordó que en Veracruz hay 212 municipios y se tendrá que ponderar la suficiencia presupuestaria y de la disposición de los candidatos.


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