10 de Agosto de 2025

Tendría Congreso un Centro de Estudios Económicos

REDACCIÓN

 

Xalapa.- Las iniciativas o proyectos de ley que sean sometidas a votación del Pleno incluirían en su dictamen una estimación del impacto presupuestario y para ello la LXIV Legislatura crearía el Centro de Estudios Económicos y Sociales como una instancia encargada de revisar y analizar las propuestas legislativas; esto conforme a la iniciativa que presentó el diputado Bingen Rementería Molina, a nombre de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN).

Durante la segunda sesión ordinaria, del primer año de ejercicio constitucional, el diputado propuso una iniciativa que reforma y adiciona diversos artículos a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y del Reglamento de los Servicios Administrativos del Congreso del Estado de Veracruz.

La iniciativa –turnada a las ComisionesPermanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Hacienda del Estado- contempla que este Centro de Estudios elabore análisis, proyecciones, estudios y cálculos que le sean requeridos sobre el tema de finanzas públicas;proporcione a las comisiones la información que requieran para el ejercicio de sus funciones en materias económicas y sociales y realizar valoraciones de impacto presupuestario de las iniciativas de ley o decreto presentadas ante la Legislatura, entre otros.

El legislador Bingen Rementería expuso que el Centro de Estudios Económicos y Sociales estaría conformado por un Director y en cuerpo de investigadoras o investigadores, que cuenten con título de licenciatura en áreas económicas y/o sociales quienes durarán en sus funciones el mismo tiempo que el Director, pudiendo ser ratificados para los subsecuentes períodos.

Los requisitos que deberá cubrir el titular de este Centro son:ser ciudadano veracruzano en términos de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado; tener residencia efectiva en la entidad tres años anteriores a la fecha de su designación; no ostentar, ni haber desempeñado en los últimos tres años anteriores al nombramiento, cargo de elección popular o dirigencia partidista.

Poseer al día de la designación, título profesional, preferentemente en áreas de las Ciencias Sociales, Administrativas o Jurídicas, expedido por institución de educación superior legalmente facultada para ello.

Incluye también edad mínima de 30 años;no haber sido inhabilitado para ocupar cargo público en el ámbito federal, estatal o municipal, por el órgano fiscalizador correspondiente, o por la contraloría estatal o municipal y no haber sido condenado por delito intencional que haya ameritado pena privativa de libertad.

La elección del titular de este órgano, así como sus integrantes será propuesta de la Junta de Coordinación Política, por el término de la presente Legislatura. Podrá ser reelecto y al concluir la legislatura para que la fue designado o reelecto continuará en funciones durante la nueva administración, en tanto se realiza la elección correspondiente. 


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