22 de Diciembre de 2024

Incluirían en la ley la exención del Impuesto Adicional de Fomento a la Educación

• Presenta la diputada del PRI-PVEM, Erika Ayala Ríos iniciativa que plantea adicionar un párrafo cuarto al artículo 134 del Código Financiero para el Estado.

La coordinadora del Grupo Legislativo Mixto de los Partidos Revolucionario Institucional y del Verde Ecologista de México (PRI-PVEM), diputada Erika Ayala Ríos, presentó ante el Pleno la iniciativa de decreto que adiciona un párrafo cuarto al artículo 134 del Código Financiero para el Estado que prevé exceptuar el pago del Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación, los derechos por servicios prestados por los institutos tecnológicos superiores, universidades tecnológicas y universidades politécnicas del Estado.

La legisladora indicó que el actual Ejecutivo estatal expidió un decreto, publicado el 13 de diciembre de 2018 en la Gaceta Oficial del Estado, mediante el cual se eximen del Impuesto Adicional, los pagos por concepto de derechos que se generen por servicios prestados por institutos tecnológicos, universidades tecnológicas y universidades politécnicas, que suman 25 planteles distribuidos en todo el territorio estatal.

Señaló que el referido decreto es similar al emitido por el anterior gobernador del Estado, publicado en la Gaceta Oficial el 23 de marzo de 2017.

Refirió que el objeto del citado Impuesto Adicional es la realización de pagos por concepto de impuestos y derechos. Que son sujetos del mismo quienes realicen los pagos por esas contribuciones; que la base es el importe de los pagos realizados y que se causará y pagará a razón del 15 por ciento sobre dicha base.

Destacó que entre los servicios más comunes prestados por las instituciones tecnológicas se encuentran los relativos a los trámites de expedición de certificados; de fichas de cumplimiento de requisitos para presentar exámenes de admisión o globales y de cédulas de inscripción a licenciatura o de reinscripción.

Así como duplicados de constancias de calificaciones o boletas; de reposición de credenciales; de constancias de servicio social; y de expedición y registro de títulos profesionales.

La diputada Ayala Ríos explicó al igual que en el número de servicios prestados, las tarifas para el pago de derechos no son homogéneas en los diversos planteles, siendo la más alta la del trámite de expedición de cédula para curso de titulación. Ejemplificó que en el tecnológico de Acayucan es de 238 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que equivale a más de 20 mil pesos.

Con relación a lo anterior consideró conveniente la medida decretada de eximir del pago del Impuesto Adicional, ya que en el ejemplo mencionado, de no existir ese beneficio la persona que tramite la expedición de esa cédula tendría que erogar también alrededor de 3 mil pesos por concepto del impuesto de referencia.

Para evitar conflictos interpretativos acerca de la procedencia o improcedencia de lo plasmado en los decretos citados, el Grupo Legislativo Mixto PRI-PVEM considera que esto debe estar previsto directamente en la ley, con lo que se dará mayor certeza jurídica al beneficio que dicha exención, “sin estar sujeto a concesiones que quieran realizar o no los gobernantes en turno o a temporalidades específicas”, abundó

Con la medida que se plantea –subrayó- se contribuiría a fortalecer la economía de las familias veracruzanas que, en muchas ocasiones, con grandes esfuerzos procuran que sus hijas e hijos accedan a la educación superior para tener mayores oportunidades de desarrollo y un mejor nivel de vida.

Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda del Estado y de Educación.