El impacto fiscal de este esquema de evasión, es de 30 mil millones de pesos por concepto de ISR y alrededor de 16 mil millones de pesos por IVA
Ciudad de México.- De acuerdo con el Sistema de Administración Tributaria (SAT), son más de 300 las empresas en México que facturan millonarias operaciones inexistentes. El sistema conocido como "Operación carrusel" es un sofisticado esquema que permite la evasión fiscal.
El administrador general de Auditoría Fiscal Federal del SAT, José Genaro Ernesto Luna Vargas, informó que al 31 de diciembre de 2013 se tenían identificadas a 316 empresas “facturadoras” de operaciones simuladas y a unos 12 mil contribuyentes que utilizan este tipo de esquema.
“Hemos descubierto que el monto de todas esas operaciones es de 105 mil millones de pesos”, añadió en entrevista con Notimex, al precisar que esta cantidad es acumulada durante cinco años, de 2008 a 2012.
Explicó que estos 12 mil contribuyentes utilizan este esquemas para disminuir la base gravable del Impuesto sobre la Renta (ISR) y para acreditar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de esas facturas lo que, en su caso, puede ser motivo de una devolución, añadió.
Informó que el impacto fiscal de este esquema de evasión, utilizado por empresas formales en muchos casos creadas con prestanombres, es de 30 mil millones de pesos por concepto de ISR y alrededor de 16 mil millones de pesos por IVA, también de 2008 a 2012.
Estas cifras, agregó, ponen en contexto la magnitud de este problema de la compra-venta de facturas y la proliferación de las operaciones simuladas en perjuicio de erario, que ha venido desarrollándose a lo largo del tiempo y haciéndose cada vez más sofisticado.
Para combatir este tipo de esquemas agresivos de evasión fiscal, expuso, la autoridad lleva a cabo una fiscalización integral de las operaciones, lo que incluye la publicación de un listado de contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales que simulan operaciones inexistentes.
Recordó que como parte de la reforma hacendaria, a partir de este año se dotó al SAT de la facultad de publicar las llamadas “listas negras” de emisores de comprobantes fiscales cuando se presume que las facturas amparan operaciones inexistentes.
El funcionario del SAT explicó que el esquema llamado “Operación carrusel”, consiste en que más de dos empresas constituidas formalmente se ponen de acuerdo para diseñar este esquema de evasión, a través de la simulación de operaciones inexistentes.
Por un lado, una empresa emisora de comprobantes fiscales, factura una supuesta enajenación de mercancías, bienes o servicios y, por otro, la empresa beneficiaria del esquema, supuestamente compra el servicio o recibe los bienes.
Si bien la factura cumple con todos los requisitos legales, detrás de ella hay una operación inexistente o simulada, pues la empresa que facturó no cuenta con activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Por ejemplo, una empresa compra seis millones de tabiques, pero cuando la autoridad va al domicilio fiscal de la empresa que facturó, lo que encuentra es una casa habitación en ruinas, sin bodegas o transporte para movilizar la supuesta mercancía que vendió.
El SAT ha encontrado hasta 56 niveles detrás de una “facturadora” pues para dispersar la operación, se pone de acuerdo con otra empresa para simular una operación y ésta, a su vez, transmite el pago de la contraprestación a otra empresa, ésta hace lo mismo con otra y, así, hasta formar una enorme “telaraña” de complicidades.
“Le llamamos “Operación carrusel” porque va de una empresa otra, hasta que al final la última empresa regresa el recurso a la primera empresa o alguno de sus socios”, añadió Luna Vargas.
Precisó que detrás de toda esta red siempre hay una comisión que se paga entre estas empresas que se ponen de acuerdo para llevar a cabo este esquema de defraudación, la cual oscila entre 6.0 y 10 por ciento.
Además, en el diseño de este tipo de esquema están involucrados despachos de contadores o asesores fiscales, algunos de los cuales ya han sido “exhibidos” en las listas que publica el SAT en su página electrónica y en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El incentivo de las empresas que utilizan este tipo de evasión para lograr beneficios fiscales indebidos es disminuir la base gravable del ISR o tener un IVA acreditable que puede ser, en su caso, motivo de una devolución de impuestos.
El SAT también ha detectado que este esquema es utilizado por empresas que internan mercancía al país de manera ilegal, y con estas operaciones de compra-venta de facturas, supuestamente formalizan o comprueban la estancia legal de la mercancía.
Para perseguir el perjuicio fiscal y combatir este esquema, el SAT lleva a cabo una fiscalización integral de las empresas beneficiadas y las que se prestan para realizarlo, a través de identificar las operaciones vía los comprobantes fiscales y los flujos de dinero.
“Entramos por la empresa que deduce las operaciones o que obtiene el beneficio, y con la cadena de empresas mediante las cuales realizan todas estas operaciones”, abundó el Administrador General de Auditoría Fiscal Federal del SAT.
Cuando el SAT demuestra que en esta cadena hay una operación simulada, resta los beneficios indebidos y liquida un crédito fiscal, pero si encuentra un delito diferente al tema fiscal, por ejemplo, de lavado de dinero, lo turna a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, con la cual tiene un convenio de intercambio de información.
Señaló que como parte de la revisión que hace el SAT de estas operaciones, también fiscaliza a los socios que están detrás de estas empresas, pues “en muchos de estos casos, hay que decirlo, son empresas creadas con prestanombres”.
Comentó que como “prestanombres”, se utilizan a personas dedicas a actividades diversas, como vigilantes o incluso a amas de casa, quienes por desconocimiento o por algún salario, se ven involucradas en este esquema de simulación.
No obstante, subrayó, el desconocimiento de la norma no los exime de colocarse en el supuesto de defraudación fiscal, delito para el cual el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece sanciones de prisión, que van de tres meses a seis años.
Refirió entre los elementos que pueden indicar que una empresa presuntamente está involucrada en una operación simulada es que su domicilio fiscal es no localizado o que se ubican en pequeños cuartitos de 2 x 2 metros, en los cuales operan una gran cantidad de empresas.
“Hemos encontrado hasta 350 empresas en un domicilio muy pequeño, pero que realmente son oficiales virtuales; son empresas que manejan grandes cantidades de operaciones en domicilios existentes, pero en zonas marginadas de las ciudades”, agregó.
Además, la utilización de comprobantes fiscales digitales, obligatorio para todos los contribuyentes a partir de este año, facilita la identificación oportuna de estas operaciones, pues permiten analizar la información al segundo o tercer día y detectar cuando los montos involucrados se salen de promedio.
Destacó que hay una “fuerza fiscalizadora nacional” conjunta entre el SAT y las entidades federativas para buscar estos esquemas agresivos, y esta información va nutriendo de información al nuevo instrumento creado por el Congreso de la Unión, como parte de la reforma hacendaria que entró en vigor este año.
Recordó que con la reforma hacendaria se adicionó el artículo 69-B al Código Fiscal de la Federación en el que se establece, como excepción a la reserva fiscal, que el SAT publicará los datos de las empresas que se presume facturan operaciones inexistentes.
Con base en estas nuevas atribuciones y facultades, el SAT publica en su página en Internet y el DOF las notificaciones a los contribuyentes que presuntamente simulan operaciones y emiten facturas apócrifas, los cuales tienen un plazo de 15 días para aclarar su situación y, en máximo cinco días, el SAT valora las pruebas y emite una resolución.
Puntualizó que posterior a esa fecha todavía hay un plazo de 30 días para que el resuelva y publique una relación definitiva de quienes no hayan desvirtuado las observaciones, considerando que simularon operaciones y emitieron facturas sin efecto fiscal.
Informó que la notificación de la primera lista definitiva podría publicarse durante la segunda semana de junio de este año, y en la cual ya se podrá encuadrar a los contribuyentes en el supuesto del delito de defraudación fiscal y presentar la querella correspondiente a través de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF).
Mencionó que como parte de estas acciones, conforme el SAT va encontrando empresas “facturadoras” de operaciones simuladas, les va cancelando los certificados correspondientes para efectos de que éstas ya no puedan emitir comprobantes fiscales.
Apuntó que la publicación de estas listas, mediante la cual se notifica a los contribuyentes que presuntamente simulan operaciones y emiten facturas falsas, ya empieza a dar resultados favorables, pues muchas de ellos ya se están autocorrigiendo y han presentado declaraciones complementarias.
Señaló que durante los primeros cuatro meses del año, las empresas que han obtenido beneficios fiscales por la facturación de operaciones inexistentes ya presentaron declaraciones complementarias y disminuyeron sus deducciones en seis mil 700 millones de pesos.
Además, derivado de las auditorías fiscales que el SAT a estas empresas por la utilización de este agresivo esquema de evasión, entre otras acciones, se han logrado correcciones (pagos) por 17 mil 500 millones de pesos, afirmó Luna Vargas.
No obstante, acotó, la publicación de estas listas también motivó que 58 causantes interpusieran quejas ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en contra de lo dispuesto en el Artículo 69-B del CFF, argumentando que violaba sus derechos fundamentales de audiencia, debido proceso y a la protección de datos personales.
Al respecto, el ombudsman del contribuyente validó la publicación de la lista de contribuyentes que presuntamente simulan operaciones y emiten facturas falsas, y desestimó las quejas presentadas por las que alegaban ese tipo de violaciones.
Ello, mencionó en su momento la Prodecon, porque el propio Artículo 69-Bestablece el procedimiento para que los contribuyentes notificados aclaren su situación ante la autoridad fiscal y aporten las pruebas que considere necesarias para ello.
Luna Vargas comentó que también se interpusieron 222 juicios de amparo en contra de esta nueva atribución del SAT para publicar los datos de empresas que se presume realizan operaciones simuladas, de los cuales hasta ahora 134 resultaron a favor de la autoridad fiscalizadora.