11 de Julio de 2025

Municipios no podrán prohibir el uso de popotes

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* La Segunda Sala de la SCJN resolvió que los municipios no están facultados para emitir reglamentos que prohíban la venta y el uso de popotes y pajillas.

Redacción
Ciudad de México

Con una votación de mayoría de cuatro votos contra uno, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los municipios no están facultados para emitir reglamentos que prohíban la venta y el uso de popotes y pajillas.

En la sesión de este jueves se resolvió el amparo en revisión 502/2022 promovido por la empresa Tetra Pak, en contra de medidas ordenadas por el municipio de Culiacán, Sinaloa, en donde se emitió un acuerdo para prohibir la venta de productos bebibles, con popotes o pajillas adheridos para su consumo.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, en el que se resolvió otorgar el amparo a la parte quejosa, se votó únicamente con la posición en contra de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, por lo que se establece el precedente de observancia obligatoria para casos similares, lo que impedirá a autoridades locales regular en la materia.

La medida para impedir la venta y el uso de este tipo de popotes o pajillas en Culiacán se estableció a partir de un decreto publicado en febrero de 2021, con el argumento de garantizar el derecho humano a un medio ambiente saludable, así como de preservar y restaurar el equilibrio ecológico.

La medida iba en contra de la venta de los productos como jugos y leches de sabores, en la medida de un cuarto de litro, de mayor consumo en la población infantil.


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