Jorge Yunis
En todas las redes sociales y en los principales portales de noticias sale “Arturo Bermúdez ya es imputado, por abuso de autoridad y tráfico de influencias”. Esto para los que leen estas líneas déjenme decirles y explicarles brevemente lo que es. Nuestro Código Nacional de Procedimientos Penales nos dice que la formulación de la imputación es la comunicación que el Ministerio Público (MP) efectúa al imputado (Arturo Bermúdez) en presencia del juez de control de que se desarrollará una investigación en su contra respecto de uno o más hechos que la ley señala como delitos.
Una vez que el imputado Arturo Bermúdez esté presente en la audiencia inicial, como en este caso por una orden de aprehensión, el juez de control después de haber verificado si el imputado conoce sus derechos fundamentales dentro del procedimiento penal, o en su caso después de habérselos dado a conocer, se ofrecerá la palabra al agente del MP para que este exponga al imputado el hecho que se le atribuye, la calificación jurídica preliminar, la fecha, lugar y modo de comisión, la forma de intervención que haya tenido en el mismo, así como el nombre de su acusador. Asimismo el juez de control cuestionará al imputado si desea que resuelva su vinculación a proceso en esa misma audiencia o dentro de un plazo de 72 horas o si solicita la ampliación de 144 horas.
Por lo que se ve en la nota, Arturo Bermúdez Zurita solicitó la ampliación de 144 horas, por lo tanto si se presentó hoy, sería hasta el jueves 17 de este mes que la jueza de control que lleva el asunto resolverá sobre el auto de vinculación a proceso o no, lo que antes era auto de formal prisión o de libertad.
Ya habíamos comentado que esto no es más que un show organizado por el flamante fiscal con mutuo acuerdo de Arturo Bermúdez Zurita, al haberlo consignado por los insignificantes delitos ya mencionados de abuso de autoridad y tráfico de influencia, delitos considerados como NO graves, por lo tanto no merecen prisión preventiva. Ya quisiera ver al ex secretario de Seguridad Pública por los delitos que consignó la PGR al gobernador, que son delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, con estos delitos andaría lo puedo asegurar, prófugo y no estaría como lo hace ahora acudiendo ante un juez de control del fuero común por delitos tan insignificantes. Quisiera adelantarme y asegurar que el próximo jueves la jueza de control le dicte un auto de no vinculación a proceso a Arturo Bermúdez y salga a todos los medios a decir lo que ya adelantó diciendo “Estoy convencido de mi inocencia y seguiré dando la cara”, esto es lo más seguro que pase, y en caso de que la jueza dictara un auto de vinculación a proceso, no pasa nada, porque no iría a la cárcel ni devolvería los recursos que dicen que se llevó para su beneficio.
Son delitos insignificantes que se pueden conmutar las penas, o sea pagarla en caso de sentencia, pero no creo que llegue a eso, y para que se den una idea les diré que el abuso de autoridad nuestro código maneja una sanción de dos a ocho años y por tráfico de influencia de uno a cuatro años. Si PGR llegara a solicitar orden de aprehensión, la sanción por delincuencia organizada en la cual no procede fianza, y aunque se amparara lo detendrían, tiene una sanción privativa de libertad de 20 a 40 años. También cuando existan indicios razonables que hagan presumir fundadamente que una persona forma parte de la delincuencia organizada, además del aseguramiento previsto por el Código Nacional de Procedimientos Penales, el agente del Ministerio Público de la Federación podrá dictar el aseguramiento de los bienes de dicha persona, así como de aquéllos respecto de los cuales ésta se conduzca como dueño.
Así como cuando existan indicios razonables que permitan establecer que hay bienes que son propiedad de un sujeto que forme parte de la delincuencia organizada, o de que éste se conduce como su dueño, además del aseguramiento previsto por el Código Nacional de Procedimientos Penales, el agente del Ministerio Público de la Federación, bajo su responsabilidad, fundando y motivando su proceder, podrá asegurarlos.
Lo que pasó hoy en la audiencia inicial no es más que el señalamiento que hace el MP informándole que lo acusan de los intrascendentes delitos de abuso de autoridad y tráfico de influencias. “Qué bonita familia”.