27 de Noviembre de 2024

TRANSPERENCIA 3.0 / Desinformación en las redes / NALDY RODRÍGUEZ

columnas heraldo

 

Lo que debería ser la era de la información, con la accesibilidad a las plataformas digitales y los servicios de telefonía celular de mayor cobertura, es, en realidad, la era de la desinformación.

No sólo leemos contenido falso, sino que replicamos y compartimos por diferentes redes y espacios públicos esas mentiras que, en muchas ocasiones, pueden tener un fin para mover algo o a alguien.

En muchas ocasiones, detrás de esos mensajes que desinforman en redes sociales, hay personas o grupos que persiguen intereses políticos, sociales o económicos para generar una percepción errónea de la realidad o simplemente manipular parte de los datos e información.

Diría Saramago en Ensayo sobre la ceguera: “De esta masa estamos hechos, mitad indiferencia y mitad ruindad”.

Para combatir ese fenómeno, el INAI publicó hace unos meses el libro La desinformación en la era del coronavirus, que contiene tres ensayos sobre el proceso de desinformación en las plataformas digitales y sus consecuencias durante la pandemia causada por el virus de la COVID-19.

En el capítulo “La desinformación en tiempos de COVID-19: una infodemia advertida”, Luis Roberto Castrillón advierte del patógeno de la desinformación como un virus fuerte que se propaga rápidamente, manipula conciencias y puede ocasionar la muerte.

“Para expresarlo más concretamente: la evolución de un tipo de coronavirus, el SARS-CoV-2, y la pandemia que provocó nos expusieron ante otra forma infecciosa que afecta la comunicación pública y pone en riesgo la vida de las personas”, señala en el artículo. Los otros dos ensayos son: “Respuestas de Plataformas Digitales ante la Desinformación Médica en el marco de COVID-19” y “Redes, sociedad y democracia”.

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Lo que sí es verídico y verificable es que, en la sesión de este jueves, la mayoría del pleno de la SCJN, aprobó declarar la invalidez de la totalidad del acuerdo por el que se instruía a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar acciones para reservar información relacionada con los proyectos y obras del gobierno de México, al ser considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional.

La controversia constitucional 217/2021 fue promovida por el INAI y ahora sólo falta el análisis particular de los ministros sobre los efectos de la invalidez de dicho acuerdo, si es en general o sólo para la administración pública federal.

POR NALDY RODRÍGUEZ