El Universal
Ciudad de México
En lo que constituye la primera sentencia relacionada con la práctica conocida como poliamor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó incluir a más de dos personas en una relación legalmente reconocida de matrimonio o concubinato.
Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala del máximo tribunal revocó el amparo concedido en mayo de 2021 por un juez federal de Puebla en favor de Víctor Toledo, quien demandaba reconfigurar el matrimonio para convertirlo en una unión múltiple.
Los integrantes de la Sala aprobaron el proyecto de sentencia del ministro Jorge Pardo Rebolledo y el único que votó en contra fue Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Los argumentos de este último por el momento se desconocen.
El caso tiene su origen en un juicio de garantías presentado por el quejoso ante el Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y del Trabajo en Puebla.
El juez otorgó el amparo con base en un criterio de la SCJN que obliga a legalizar los matrimonios entre personas del mismo sexo, considerando que las personas que prefieren relaciones múltiples tienen el mismo derecho a ser reconocidas.