El Universal
Ciudad de México
La Suprema Corte de Justicia avaló el etiquetado nutrimental con base en sellos de advertencia vigente desde 2020, impulsado por el actual Gobierno, así como la reforma legal que le dio sustento.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte negó a la empresa Santa Clara el primero de múltiples amparos promovidos por la industria de alimentos para cuestionar el etiquetado que deben llevar todos los productos preenvasados.
La Corte estableció que el etiquetado previsto en la Norma Oficial Mexicana (NOM) 051, y la reforma previa a la Ley General de Salud (LGS), son medidas proporcionales, necesarias, idóneas, cumplen un fin constitucionalmente válido y no violan derechos de libertad de comercio, seguridad jurídica y trato igualitario.
"A juicio de este Tribunal Pleno, entre las opciones analizadas por el legislador, el etiquetado frontal de advertencia resulta ser la herramienta más efectiva y rápida para lograr el fin pretendido por la norma", explica la sentencia.
"La función del etiquetado es precisamente la de permitir que el consumidor pueda identificar productos que contienen cantidades excesivas de nutrientes críticos como azúcares, grasas totales, grasas saturadas, grasas trans y sodio, a fin de que haga una mejor selección de sus productos".